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27 de febrero de 2026

Hacia una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal


En este arranque de 2026, si hay un tema que está concentrando la atención del sector legal en España es la tramitación de la nueva Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), un texto que pretende sustituir por completo el modelo procesal penal vigente desde 1882. Estamos, por tanto, ante una reforma estructural llamada a redefinir el funcionamiento cotidiano de la jurisdicción penal, con impacto directo en la estrategia procesal de defensas y acusaciones, la posición de las víctimas y la arquitectura de garantías del sistema.

 

Un cambio de modelo: la investigación pasa al Ministerio Fiscal

El elemento nuclear de la reforma es el cambio de “quién investiga”: el proyecto prevé que la dirección de la investigación penal deje de recaer en el juez de instrucción y pase al Ministerio Fiscal, aproximando el esquema español a modelos ya asentados en la mayoría de países de nuestro entorno europeo. Este desplazamiento no es meramente organizativo; afecta a tiempos, dinámicas de impulso procesal, relación con Policía Judicial y, especialmente, al modo en que se articulan los controles y recursos durante la fase de investigación.

 

Tres jueces y una instrucción más controlada

Para equilibrar ese traspaso de la iniciativa investigadora al fiscal, la propuesta reordena el sistema de contrapesos judiciales mediante una separación funcional de roles:

Juez de garantías, encargado de autorizar y controlar aquellas actuaciones que afecten derechos fundamentales y de supervisar la regularidad de la investigación.

Juez de apertura de juicio oral, que decidiría si el asunto debe pasar a enjuiciamiento una vez finalizada la fase investigadora.

Juez de sentencia, que resolvería sobre el fondo del asunto en el juicio.

Esta división pretende reforzar la imparcialidad del juzgador final y, a la vez, dotar a la instrucción de un control judicial específico y concentrado en lo verdaderamente sensible: medidas limitativas de derechos y decisiones con incidencia material.

 

La acusación popular: límites relevantes

Otro punto especialmente significativo —por sus implicaciones prácticas y también institucionales— es la reconfiguración de la acusación popular. Según el enfoque del proyecto, se limitaría la posibilidad de personación, excluyendo a partidos políticos y sindicatos y orientándola, con carácter general, hacia personas físicas en supuestos de interés colectivo. En términos de litigación estratégica, esto puede suponer un cambio notable en procedimientos mediáticos o con fuerte dimensión pública.

 

Entrada en vigor

Aunque el debate se ha intensificado desde el comienzo del año, conviene tener claro el horizonte temporal: la entrada en vigor se ha planteado para el 1 de enero de 2028. En la práctica, esto implica un periodo de transición largo, donde convivirán la expectativa del cambio y la realidad del sistema actual, y en el que será clave seguir la tramitación parlamentaria, el desarrollo reglamentario y las decisiones organizativas necesarias para que el modelo funcione (recursos, medios, formación y coordinación institucional).

 

Implicaciones prácticas por perfiles

Particulares

– La fase de garantías gana peso: el juez de garantías será el punto de control para discutir proporcionalidad de medidas intrusivas y proteger derechos durante la investigación.

– Estrategia probatoria desde el minuto uno: será esencial pedir diligencias de descargo y fijar posiciones temprano, porque ahí se cimentará gran parte del caso.

– Gestión de riesgos reputacionales y procesales: una instrucción más dirigida por Fiscalía puede implicar cambios en tiempos, prioridades y enfoque; se recomienda preparar escenarios y mensajes.

 

Empresa

– Gestión de crisis más temprana: si la investigación la lidera Fiscalía, el “arranque” del procedimiento puede exigir respuestas más rápidas (preservación documental, coordinación interna y estrategia de comunicación legal).

– Mayor foco en evidencias corporativas: documentación, emails, trazabilidad de decisiones y controles internos serán más determinantes para fijar relato y alcance de diligencias desde el inicio.

– Relación procesal con Fiscalía: cobra importancia preparar una estrategia clara sobre cuándo colaborar, cómo entregar información y cómo proteger derechos y confidencialidades.

 

Compliance

– Programas “probables” y no solo “bonitos”: aumentará el valor de poder acreditar que el compliance funciona (riesgos, controles, formación, canal interno, investigaciones y medidas correctoras).

– Protocolos de respuesta a requerimientos: conviene reforzar procedimientos internos para atender requerimientos y diligencias, evitando improvisación y manteniendo cadena de custodia.

– Delimitación de asesoramiento legal y documentación interna: es clave ordenar qué documentos son jurídicos/defensa y cuáles son operativos para gestionar riesgos de acceso y exposición.

 

Acusación particular (víctimas/perjudicados)

– Cambia el “canal de impulso”: en un modelo liderado por Fiscalía, será más importante saber cómo pedir diligencias, oponerse a archivos y mantener una posición activa y bien documentada.

– Protección y medidas cautelares: el juez de garantías se vuelve central para solicitar medidas que afecten derechos y protección durante la fase inicial.

– Coordinación con Fiscalía: habrá que trabajar una estrategia de alineación cuando interese y de discrepancia técnica cuando sea necesario, con escritos claros y bien soportados.

 

En Merelo / Abogados seguimos de cerca la evolución normativa y la tramitación de reformas clave como la nueva LOECrim, porque sabemos que estos cambios pueden influir directamente en la forma de gestionar riesgos, responder a incidencias y defender intereses en procedimientos penales. Nuestro despacho combina una dilatada experiencia y un historial profesional consolidado en asesoramiento y litigación para ofrecer a cada cliente una respuesta estratégica, rigurosa y adaptada a su realidad.

Si quieres valorar cómo puede afectarte este nuevo escenario (particular, empresa, compliance, dirección o asesoría jurídica), ponte en contacto con nosotros: revisaremos tu caso o tu modelo de prevención, identificaremos puntos de mejora y prepararemos un plan de actuación práctico para que llegues a 2028 con seguridad y con ventaja.